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Cuando se considere que puedan implicar, entre otras, lesiones fetales o provocar un desprendimiento de la placenta, en particular:

Estar de pie de manera prolongada puede generar problemas circulatorios y de sobrecarga lumbar, incrementados en caso de embarazo. Para evitarlo:

- Es conveniente alternar el trabajo de pie con tareas sentada o semisentada

- Posibilidad de usar sillas altas con respaldo y apoyo para los pies.

- Hacer suficientes pausas de descanso, preferiblemente frecuentes y cortas.

- Favorecer la movilidad con pequeños paseos

- Utilización de calzado cómodo y seguro.

- En caso de mala circulación sanguínea en las piernas, posibilidad de estudio por parte de servicio de prevención para proporcionar medias de compresión.

Tanto la trabajadora embarazada como el feto tienen una gran sensibilidad al ruido. Además de daños en el oído, un nivel elevado de ruido incrementa los niveles de estrés, lo que puede provocar algunos cambios hormonales, aumento de presión arterial, problemas de corazón,...

- Se debe minimizar todo lo posible el nivel de ruido en el lugar de trabajo.

- La trabajadora debe disponer de protecciones auditivas adecuadas.

La protección del oído de la trabajadora con auriculares o similar no protege al feto, lo que en caso de que el ruido tenga un nivel elevado y no sea posible reducirlo, la trabajadora no debe estar expuesta al mismo.

La mujer embarazada sufre cambios en su cuerpo que producen una modificación de su centro de gravedad, lo que hace que se incremente el riesgo de caídas y pérdida de equilibrio. Para evitarlo:

- El espacio de trabajo debe estar despejado y libre de obstáculos

- Se debe procurar que el suelo no esté húmedo.

- La mujer embarazada no debe subir en escaleras de mano ni otro tipo de lugares elevados, para evitar el riesgo de caídas a distinto nivel

- Se debe adaptar el trabajo para permitir su realización en la misma planta, con el fin de evitar el subir y bajar escaleras.

Las temperaturas extremas, tanto las altas como las bajas, pueden resultar perjudiciales para la mujer y para el feto. Y este riesgo se incrementa cuando los cambios de temperatura son bruscos, pudiendo a sufrir un choque térmico.

- Para evitar el estrés térmico, la trabajadora embarazada no debe estar sometida a cambios bruscos de temperatura (por ejemplo, pasar de la zona de tienda a las cámaras frigoríficas).

- La trabajadora no debe estar expuesta a temperaturas extremas y durante un tiempo prolongado.

- En caso de tener que entrar en cámaras frigoríficas o congelador, debe tener ropa de abrigo adecuada.

La mujer embarazada sufre mayores dolores en la espalda, principalmente en la región lumbar, por lo que debe evitar cualquier tipo de postura forzada y no debe levantar cargas pesadas.

- Durante los seis primeros meses de embarazo, si el manejo de cargas es reiterado, es decir, cuando se realizan 4 manipulaciones o más en turno de 8 horas, el peso máximo recomendado es de 5 kilos.

- Igualmente durante los primeros seis meses de embarazo, si el manejo de cargas es intermitente, es decir, cuando se realizan menos de 4 manipulaciones en un turno de 8 horas, el peso máximo recomendado es de 10 kilos.

- A partir del séptimo mes se evitará la manipulación de cargas y, en caso de necesitar esporádicamente levantar algún peso, no se sobrepasarán los 3 kg.

Además, al ver mermada su destreza y habilidad, sobre todo en embarazo avanzado, hay un incremento de posibilidades de sufrir algún tipo de esguince o luxación por realizar posturas forzadas.

- Solicitar adaptación del puesto de trabajo para evitar la realización de posiciones forzadas.

- Adaptación de los procedimientos de trabajo puede contribuir a eliminar problemas de postura y el riesgo de accidentes.

- Evaluar las tareas a fin de eliminar los riesgos, o al menos reducirlos al mínimo.

- En caso de que no sea posible minimizarlos, la trabajadora no debe realizar ninguna manipulación de cargas que entrañe riesgos.