Embarazo, Agentes Químicos
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Agentes químicosd

AGENTES QUÍMICOS

Según la Directiva 92/85/CEE los agentes de riesgo en el embarazo son aquellos que en su etiqueta o ficha de seguridad contengan R40, R45, R46, R47, mercurio y derivados y monóxido de carbono.

Ante este riesgo debemos hacer dos diferenciaciones: aquellos productos químicos que están destinados a su venta y distribución, y aquellos productos que se utilizan para la limpieza y/o desinfección de la propia tienda.

Para evitar que los riesgos que estos productos pueden producir, las medidas preventivas adecuadas son:

  • Adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición, a través de una adpatación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora.
  • Utilización obligatoria de los EPIs (guantes, gafas, mascarillas,?) cuando se manejan productos de limpieza, y seguimiento estricto de las instrucciones de manipulación y uso que aparezcan en la etiqueta.
  • Nunca se mezclarán productos químicos, ni se utilizarán para un fin diferente al indicado por el fabricante.
  • No trasvasar productos químicos del envase original a otro envase. Debe hacerse un almacenaje adecuado de los mismos.
  • Extremar las precauciones con el manejo de este tipo de productos y seguir una higiene exhaustiva de manos una vez finalizado su uso, incluso si se llevaban guantes.
  • Cambiar a la trabajadora a otro puesto compatible con su estado cuando la adaptación de las condiciones o el tiempo de trabajo no resultase posible.
  • Suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo o lactancia cuando el cambio de puesto no resulte técnico u objetivamente posible, tiendo la trabajadora derecho a percibir un subsidio.